Los grandes tenedores no tienen obligación de acreditar la vulnerabilidad de sus arrendatarios.
El Tribunal Constitucional declara que los grandes tenedores no tiene obligación de acreditar la vulnerabilidad de sus arrendatarios. Tras la publicación de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda se modificó el artículo 439 de la LEC y se introdujeron algunos requisitos de procedibilidad que debían cumplir los … Leer más