Reclamación por daños. Somos especialistas en derecho de Daños.
Cuando desafortunadamente tras una intervención quirúrgica, alguna prueba diagnónica, o algún tipo de actuación médica se produce un daño, es necesario acudir a un abogado especialista en derecho de daños que te pueda asesorar ante una posible reclamación por daños y perjuicios.
El Derecho de daños consiste en distinguir entre regímenes de responsabilidad por culpa y regímenes de responsabilidad objetiva. Para ello es imprescindible el análisis de la posible culpa. En este sentido se sostiene que en la responsabilidad por culpa, prevista en el artículo 1902 del Código Civil, el daño tiene que provenir de la infracción de un deber de diligencia, es decir, de un comportamiento que objetivamente incremente el riesgo de manera que haga previsible la causación del daño.
El régimen jurídico de la responsabilidad derivada de los daños causados a las personas o las cosas, se orienta al resarcimiento de los daños sufridos por quien no tiene el deber de soportarlos. Esto lleva a cuestionarnos cuáles deben ser las formas y los límites de este resarcimiento, y cuáles deben ser los sujetos que la asuman.
El Derecho de daños es uno de los ámbitos jurídicos que ha sufrido una mayor evolución en los últimos años. Esta evolución se ha manifestado tanto a nivel legal (con importantes leyes especiales al margen de la regulación general del Código Civil), como a nivel jurisprudencial y doctrinal. En particular, el papel de la jurisprudencia ha sido fundamental, que ha creando nuevos supuestos de responsabilidad civil que no estaban previstos legalmente.
Ofrecemos asesoramiento jurídico en reclamación por daños de distinta índole, tales como:
– Daños y perjuicios morales
– Daños administrativos
– Daños en accidentes de tráfico
– Vicios ocultos
– Daños medioambientales
– Daños contractuales
– Daños extracontractuales
– Responsabilidad patrimonial de la Administración