Con el creciente interés en la movilidad sostenible, muchos propietarios de vehículos eléctricos se enfrentan a la necesidad de instalar un punto de recarga en sus garajes comunitarios. A pesar de ser una tendencia en alza, la instalación de un punto de recarga en un espacio compartido puede plantear ciertos retos legales.
La legislación española es clara respecto a la instalación de puntos de recarga en garajes comunitarios. Según el artículo 17.5 de la Ley de Propiedad Horizontal, cualquier propietario que desee instalar un punto de recarga en su plaza de garaje individual tiene el derecho de hacerlo, sin necesidad de contar con la aprobación de la junta de propietarios. No obstante, deberá notificarlo previamente a la comunidad de propietarios.
La norma también establece que todos los gastos derivados de la instalación, mantenimiento y consumo eléctrico correrán a cargo del propietario interesado.
Aunque no se requiere autorización comunitaria, existen ciertos pasos que deben seguirse para asegurar que la instalación cumpla con las normativas técnicas y legales:
– El primer paso es informar por escrito a la comunidad de vecinos. Este escrito debe detallar la ubicación de la instalación y el punto de conexión a la red eléctrica.
– La instalación de puntos de recarga debe realizarse por un instalador autorizado, que garantice que se cumplen todas las normas de seguridad. El instalador también debe emitir un certificado de instalación eléctrica que garantice su correcto funcionamiento.
En muchos casos, la instalación se conectará al contador individual del propietario. Sin embargo, en algunos casos se puede considerar la opción de conectarse a un contador comunitario, en cuyo caso se requerirá el acuerdo de la comunidad.
Además, en algunas comunidades, los propietarios podrían optar por instalar una infraestructura de recarga compartida para varios usuarios, lo que puede requerir una votación favorable de la junta de propietarios y acuerdos sobre la distribución de los costes.
Es recomendable investigar las ayudas públicas disponibles, como las que ofrece el Plan MOVES, que cubren parte del coste de la instalación de puntos de recarga. Las subvenciones pueden variar según la comunidad autónoma, por lo que conviene estar al tanto de las normativas locales.
A pesar de que la ley protege el derecho del propietario a instalar su punto de recarga, pueden surgir disputas con otros vecinos o con la comunidad de propietarios. En estos casos, es recomendable contar con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho de la propiedad horizontal, que pueda mediar en la resolución de conflictos y garantizar que los derechos del propietario sean respetados. Desde Barberà Estudi Jurídic podemos ayudarle, en caso de que necesite asesoramiento, no dude en concertar una cita con nosotros.
Conclusión: La instalación de un punto de recarga para coches eléctricos en un garaje comunitario es un paso clave hacia un futuro más sostenible y, aunque puede presentar retos, la legislación vigente facilita este proceso. Si bien la normativa protege a los propietarios que deseen realizar esta inversión, es importante seguir el procedimiento adecuado y, si es necesario, contar con asesoramiento legal especializado para garantizar una instalación sin problemas.
En nuestro despacho de abogados estamos especializados en derecho de la propiedad horizontal y estamos a su disposición para ofrecerle asesoramiento personalizado y asegurar que la instalación de su punto de recarga se lleve a cabo conforme a la normativa y con las máximas garantías.