Al aceptar una herencia y adjudicarnos unos bienes se debe liquidar y pagar el impuesto de sucesiones. En Barberà Estudi Jurídic estamos especializados en el Impuesto de Sucesiones en la Comunidad Valenciana.
Si bien, existen bonificaciones y exenciones en la liquidación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que quedan condicionados a la situación personal de cada heredero y del cumplimiento de unas determinadas condiciones personales.
Todo ello, sin pasar por alto que existe un plazo para pagar el Impuesto de sucesiones que es de 6 meses desde que se produce la defunción. Por lo que si por alguna cuestión la tramitación de la herencia llevará más tiempo y no estamos en condiciones de realizar todos los trámites antes de ese plazo, lo recomendado es solicitar -antes de los 5 primeros meses desde el fallecimiento- una prórroga adicional de 6 meses, debiendo por dichos 6 meses abonar intereses de demora. Es cierto que ésta prórroga conlleva pagar intereses, pero evitaremos tener que pagar recargos superiores de la deuda por no haberla liquidado dentro del plazo.
Desde Barberà Estudi Jurídic, le ofrecemos todo tipo de asesoramiento en cuestiones tributarias de liquidación de impuestos, así como en la tramitación integral de la aceptación de herencias. Puede contactar con nosotros, le recordamos que la primera consulta es gratuita.